La Defensoría del Pueblo informa que la Agencia Provincial de Seguridad Vial está facultada por decreto para atender y ofrecer respuesta ante los reclamos por multas
La Defensoría del Pueblo informa que de acuerdo al decreto Nº 1698 del 14 de julio de 2008, la Agencia Provincial de Seguridad Vial se encuentra facultada para atender y ofrecer respuesta ante los reclamos formulados por la ciudadanía acerca de irregularidades en la confección de actas de infracción de tránsito en todo el territorio santafesino.
En el artículo 5º, inciso n) del mencionado decreto se estipula que la Agencia tiene, entre otras funciones, la de “propiciar y desarrollar un modelo único de acta de infracción, disponiendo los procedimientos de entrega, registro y digitalización, así como el seguimiento de las mismas hasta el efectivo juzgamiento, condena, absolución o pago voluntario, en consonancia con las disposiciones nacionales vigentes”.
Ante la existencia de reclamos que no fueron debidamente recepcionados en la Agencia Provincial de Seguridad Vial, la Defensoría del Pueblo recuerda a la población que el 11 de marzo recomendó mediante resolución Nº 022 al gobernador de la provincia, Dr. Hermes Binner, que a través de dicha Agencia organice y publicite un sistema que permita recepcionar, dar curso y respuesta a las denuncias ciudadanas que señalan irregularidades en la confección de actas de infracción de tránsito.













